miércoles, agosto 08, 2012

REGLAMENTO PARA PRÉSTAMO EXTERNO DE OPÚSCULO


CONDICIONES

I. Para poder solicitar el préstamo externo de cualquier libro es necesario realizar el registro como lector urbano del proyecto.

II. Sí el lector es menor a 12 años, el formato deberá ser avalado por una persona mayor de edad.

III. El servicio sólo incluye libros.

IV. Bajo ningún motivo podrá emitirse un certificado de préstamo por el material didáctico o cualquier otro artículo.

TIEMPO LÍMITE Y DISPOSICIONES

V. El lector suscrito al servicio podrá solicitar la disposición de un libro por ocasión.

VI. El plazo para la entrega del libro en gestión no será mayor a 14 días.

VII. En caso de que la obra literaria sea de larga extensión, podrá emitirse una prorroga por el lapso que sea considerado oportuno por el encargado de la sesión.

VIII. Deberá entregarse el libro en el sitio donde se solicitó, no podrá ser recibido en otra sesión ajena a la colonia en la cual se emitió el servicio.

OBLIGACIONES DEL LECTOR URBANO

IX. Al momento de realizar el certificado de préstamo el firmante deberá manifestar por escrito su compromiso a:

a. Mantener el estado físico del libro solicitado.
b. Entregar en tiempo y forma el libro solicitado.
c. Manifestar por escrito después de la entrega la experiencia que la lectura le haya generado.
d. Ser notificado por cualquier medio si incumple con la entrega del libro.
e. Aceptar las sanciones suscritas en este reglamento, bajo los términos y las condiciones que las mismas establecen.

SANCIONES

X. Será acreedor de una sanción el lector que devuelva un libro en las siguientes condiciones:

a. Rayado.
b. Sucio.
c. Roto.
d. Pérdida de hojas.
e. Otra circunstancia que lo devalúe.

XI. En caso de obtener una infracción por lo establecido en el artículo X, inciso a y b de este reglamento, el lector deberá contribuir con una aportación económica que contribuya en la adquisición de nuevas obras para el proyecto.

XII. En caso de obtener una infracción por lo establecido en el artículo X, inciso c, d y e de este reglamento, el lector deberá contribuir con una aportación económica que repare los daños causados al patrimonio del proyecto.

XIII. En caso de pérdida o extravío el solicitante se compromete a reponer el libro por otro del mismo título con igual o mayor valor.

XIV. El lector que entregue un libro fuera de los términos establecidos perderá el privilegio de solicitar un nuevo préstamo por los siguientes 2 meses.

XV. OPÚSCULO, LECTURA AL AIRE LIBRE Se reserva el derecho de emitir certificados de préstamo, así como cancelarlos a cualquier lector urbano que incumpla el presente reglamento o no sea apto para acatarlo.

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